Patronales y sindicatos acuerdan subidas máximas salariales del 0,5% para 2012CEOE, Cepyme, CCOO y UGT han alcanzado un acuerdo en materia salarial, que contempla subidas máximas de 0,5% para 2012, 0,6% para 2013 y una horquilla de entre 0,6 y 1,5 % para 2014, con cláusulas de actualización para cada uno de los ejercicios.Redacción Balance
Patronales y sindicatos firmaron ayer el acuerdo que fija que los salarios pactados en convenio no deben exceder de 0,5% este año, aunque podrá activarse una cláusula de actualización aplicable al final del ejercicio si el IPC nacional de diciembre supera el objetivo del Banco Central Europeo (BCE) del 2%.
En el caso de que la tasa española superase la de la media de la zona euro, para la actualización, se tomaría esta última, se abonaría de una vez y los negociadores de cada sector decidirían si es consolidable o no en la nómina. Los negociadores también deberán tener en cuenta otros factores para la actualización, como que el precio en euros del barril de Brent en diciembre no supere en un 10% al del mismo mes de 2011. Para 2013, el acuerdo precisa que los salarios no deben exceder del 0,6%, con una cláusula de revisión que actuaría del mismo modo que la establecida para 2012. Y en 2014, los salarios deberán ajustarse al ritmo de actividad de la economía española (beneficios, venta, productividad). Así, si el PIB en 2013 es inferior al 1% el aumento salarial no excederá el 0,6%. Si el PIB es superior al 1% e inferior al 2, la mejora no excederá el 1%. Y si el PIB alcanza o sobrepasa el 2%, el alza no pasará del 1,5%. Horarios, turnos y funciones Basándose en el contexto de crisis y el alto nivel de desempleo, sindicatos y patronales han acordado que, de forma excepcional y con carácter temporal para asegurar las plantillas, los empresarios puedan dejar sin efecto lo pactado en convenio en materia de horario y distribución de la jornada, régimen de trabajo a turnos, sistema de remuneración, etc. Para ello, la empresa deberá demostrar si las medidas que toma están justificadas. Además, la inaplicación sólo podrá darse si hay acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores. Si no es posible deberá someterse a la Comisión Paritaria y si persiste el desacuerdo habrá que recurrir a un sistema de solución de conflictos. En cualquier caso, los descuelgues no podrán durar más de tres años y no podrán conllevar un vació de regulación de las condiciones laborales Por otra parte, el acuerdo incluye también importantes medidas de flexibilidad interna (jornada, funciones y salarios), distinguiendo entre flexibilidad ordinaria y flexibilidad extraordinaria temporal, con el objetivo de favorecer la competitividad de las empresas y la estabilidad en el empleo, evitando despidos. Jueves 26 Enero 2012
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